La Comisión Europea contesta a Proyecto Gran Simio y Corredor Biológico Mundial.
COMISIÓN EUROPEA
Asunto: Nota de prensa sobre las orcas del estrecho de Gibraltar y el Golfo de Cádiz
Referencia: su correo electrónico de 29 de julio de 2025 [Ares(2025)6293732]
Estimado Sr. Pozas Terrados:
Le agradezco su correo electrónico en el que pide urgentemente a las autoridades españolas y europeas que declaren Santuario marino a la zona del estrecho de Gibraltar para proteger a las orcas, prestando especial atención a la zona de Barbate.
Las orcas, junto con todos los cetáceos, figuran en el anexo IV de la Directiva sobre hábitats1, que incluye especies de interés comunitario que requieren una protección estricta. Los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para establecer un sistema de protección estricta de estas especies dentro de su área de distribución natural, abordando así las diversas amenazas a las que pueden enfrentarse. La Directiva también prohíbe la captura, el sacrificio o la perturbación deliberados en la naturaleza de estos animales. Sin embargo, las orcas no están incluidas en el anexo II de la Directiva, lo que significa que no existe ninguna obligación legal de designar zonas especiales de conservación (espacios Natura 2000) para su protección. España ha informado de que las orcas se encuentran en un estado de conservación favorable.
Para ayudar a los Estados miembros en la aplicación de medidas de protección de especies con arreglo a la Directiva sobre hábitats, la Comisión ha publicado un documento de orientación.
Como se destaca en las orientaciones, las autoridades competentes tendrán que reflexionar cuidadosamente sobre el nivel de perturbación que debe considerarse perjudicial, teniendo en cuenta las características específicas de la especie en cuestión. Por ejemplo, la perturbación repetida de los cetáceos por las actividades de observación de ballenas o el ruido subacuático podría tener impactos significativos en especímenes individuales, con consecuencias negativas para la población local.
Además, la Directiva marco sobre la estrategia marina4 exige a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que todas las especies marinas en aguas de la Unión Europea se encuentren en buen estado medioambiental. Esto significa que las especies deben ser suficientemente abundantes, con hábitats de tamaño y calidad suficientes, y que las amenazas para su bienestar deben mantenerse por debajo de niveles aceptables. Para ello, en la Directiva se anima a los Estados miembros a que utilicen también medidas de protección espacial, como las zonas marinas protegidas. Sin embargo, no se trata de una obligación estricta y los Estados miembros pueden optar por utilizar otros tipos de medidas para alcanzar sus objetivos. En 2018, España había comunicado que el grupo de especies al que pertenecen las orcas (cetáceos dentados) no se encontraba en buen estado ambiental en la subregión del Golfo de Vizcaya y la costa Ibérica. Actualmente, España notifica una evaluación actualizada del estado de sus aguas marinas y de su biodiversidad. La información estará disponible en 2026.
Por último, le animo a ponerse en contacto con las autoridades nacionales españolas para obtener más información sobre las medidas de conservación para proteger las orcas, incluidas las zonas protegidas nacionales.
Le agradezco su dedicación y compromiso con la conservación de nuestro patrimonio natural.
Le saluda atentamente